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PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO TEMPORAL 2025

Anuncio convocatoria contrataciones temporales, en régimen laboral, en el marco del Programa para la Prevención de la Exclusión Social 2025

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO TEMPORAL 2025

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO TEMPORAL 2025

1.-PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO TEMPORAL 2025

PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVÉS DEL EMPLEO TEMPORAL 2025

��SOLICITUDES: Pedir cita en Centro de Igualdad y Servicios Sociales en C/ Rafael Alberti, nº 15-A.
TELÉFONOS: 955828533/673409105
PLAZO: 10 DÍAS HÁBILES

 

ANUNCIO

Para todo aquel que pueda estar interesado, se hace pública la Resolución de Alcaldía número 505/2025, de 11 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria, del Ayuntamiento de El Rubio, de fecha 11 de septiembre de 2025 y Cód. Validación: 3NE22Y6PJLMZ7RK29629L7JN7 Verificación: https://elrubio.sedelectronica.es/, para la realización de contrataciones temporales, en régimen laboral, en el marco del Programa para la Prevención de la Exclusión Social a través del empleo temporal 2025 de la Diputación de Sevilla, y se convoca el proceso de selección.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Rubio Documento firmado electrónicamente

 

 

 

 

Expediente nº: 563/2025

Resolución con número y fecha establecidos al margen Procedimiento: Servicios Sociales

Examinados los hechos y fundamentos de derechos que se acompañan a este expediente, el Alcalde-Presidente, en virtud de la legislación vigente en materia de régimen local, dicta la siguiente Resolución de Alcaldía:

 

 

El Pleno Corporativo de la Diputación Provincial de Sevilla, en sesión ordinaria de fecha 26 de junio de 2025 aprobó, en el Punto 6 de su orden del día, la convocatoria del “Programa para la Prevención de la Exclusión Social a través del empleo temporal 2025” por el que se conceden ayudas en régimen de concurrencia mediante prorrateo a las Entidades Locales de la Provincia de Sevilla, financiado por la Diputación de Sevilla y por las entidades locales beneficiarias.

Estas bases tienen por objeto regular la tramitación de dicho procedimiento, de forma que los requisitos y prioridades establecidos para la participación se ajusten íntegramente a los contenidos de dichas bases.

Siendo el Ayuntamiento de El Rubio beneficiario definitivo de este programa, es necesario y urgente iniciar el procedimiento selectivo de personal laboral temporal, al amparo de lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación laboral aplicable, para la realización de tareas de mantenimiento, conservación y limpieza de infraestructuras y Centros Públicos, mantenimiento y reparación de mobiliario urbano, mantenimiento y limpieza de jardines y zonas verdes, limpieza viaria y otras actuaciones de apoyo a la prestación de Servicios Públicos.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, por medio del presente VENGO EN RESOLVER:

Vista la propuesta de resolución PR/2025/657 de 11 de septiembre de 2025.

 

 

PRIMERO: Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, del Ayuntamiento de El Rubio, para la realización de contrataciones temporales, en régimen laboral, en el marco del Programa para la Prevención de la Exclusión Social a través del empleo temporal 2025 de

 

la Diputación de Sevilla, de fecha 11 de septiembre de 2025 y Cód. Validación:

3NE22Y6PJLMZ7RK29629L7JN7 Verificación: https://elrubio.sedelectronica.es/ y que se

adjunta como ANEXO a esta resolución de alcaldía.

 

SEGUNDO: Aprobar el expediente y convocar el proceso selectivo objeto del mismo.

 

TERCERO: Designar como miembros de la Comisión de Valoración las siguientes personas:

Presidenta: Dña. M.ª Carmen Pérez Gómez (Trabajadora Social) Secretaria: Dña. Concepción Luque Reina (Asesora Jurídica)

Vocal: Dña. Magdalena Pilar Gómez Caro (Trabajadora Social Social) Suplentes:

Dña. Inmaculada Romero Luque (Educadora Social)

Dña. Josefa Asunción Muñoz Romero (Auxiliar Administrativo)

 

CUARTO: Publicar la convocatoria y el texto íntegro de las Bases Reguladoras, que regirán el proceso selectivo, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del mismo siendo, el día siguiente al de esa publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de El Rubio, el inicio del plazo de presentación de solicitudes indicado en dichas bases (10 días hábiles).

QUINTO: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la comisión de valoración confeccionará un acta aprobando la Lista Provisional de Admitidos y Excluidos y la causa de la exclusión, en su caso. Dicha acta se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Rubio, señalando el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, para la subsanación de errores. Transcurrido el plazo señalado, la comisión de valoración emitirá un acta, aceptando o rechazando las reclamaciones y elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos, que se elevará al órgano de contratación, para su aprobación.

Una vez aprobada la lista definitiva, la comisión de valoración confeccionará un acta con la lista de admitidos, ordenada por puntuación según el baremo publicado en las bases. Dicha acta se publicará en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Rubio, señalando el plazo de 3 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de dicha publicación, para la presentación de posibles alegaciones. Transcurrido el plazo señalado, se elevará la relación de admitidos con la baremación definitiva obtenida, al órgano de contratación para su aprobación.

SEXTO: Notificar la presente Resolución a todos los miembros de la comisión de valoración, para su conocimiento y efectos oportunos.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente D. Jesús Guerra Jiménez, con la intervención del infrascrito Secretario-Interventor accidental, a los únicos efectos de dar fe del acto.

 

En El Rubio, a la fecha de la firma electrónica establecida al margen.

 

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

 

 

BASES PARA LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA PARA LA PREVENCIÓN DE LA EXCLUSIÓN SOCIAL A TRAVES DE EMPLEO TEMPORAL, DE CONFORMIDAD CON LAS BASES RECOGIDAS EN EL ANEXO 1.10 DEL PLAN PROVINCIAL DE COHESION SOCIAL E IGUALDAD 2024-2027.

 

Visto la aprobación de la Convocatoria del Programa para la Prevención de la Exclusión Social, por la que se conceden subvenciones en régimen de concurrencia a las Entidades Locales de la provincia de Sevilla, y siendo el Ayuntamiento de El Rubio beneficiario definitivo, se ha aprobado el Programa para la Prevención de la Exclusión Social por el que se conceden subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a municipios y Entidades Locales Autónomas 2025. Estas bases tienen por objeto regular la tramitación de dicho procedimiento, de forma que los requisitos y prioridades establecidos para la participación se ajusten íntegramente a los contenidos de dichas bases.

 

Visto que este ayuntamiento es beneficiario definitivo de este programa, inicia el procedimiento selectivo de personal laboral temporal al amparo de lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación laboral aplicable, para la realización de tareas de mantenimiento, conservación y limpieza de infraestructuras y Centros Públicos, mantenimiento y reparación de mobiliario urbano, mantenimiento y limpieza de jardines y zonas verdes, limpieza viaria y otras actuaciones de apoyo a la prestación de Servicios Públicos.

 

PRIMERA.- OBJETIVOS DEL PROGRAMA

 

El fin del presente Programa es mejorar el bienestar y la calidad de vida de las personas que padecen situaciones socioeconómicas desfavorables que habitan en el municipio de El Rubio.

 

Los objetivos inmediatos del Programa son:

 

  • Facilitar recursos a familias con grave problemática socioeconómica a fin de evitar situaciones de exclusión
  • Mejorar situaciones de personas en exclusión social, mediante intervenciones en el ámbito
  • Dotar a la población con dificultades sociales y con personas a su cargo de estrategias y técnicas adaptadas a la actual situación económica.
  • Incrementar las posibilidades de incorporación en el mercado laboral a mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situaciones de exclusión social, con carácter preferente víctimas de violencia de género, con objeto de contribuir a paliar el problema del desempleo de las
  • Contratar a jóvenes con dificultades sociales que les impidan continuar con sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o
  • Realizar pequeñas obras de interés social y para la

 

 

 

 

SEGUNDA.- PERSONAS BENEFICIARIAS Y DESTINATARIOS FINALES.

 

Personas que vivan solas o que perteneces a unidades familiares en exclusión social o riesgo de estarlo.

 

TERCERA.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS DESTINATARIAS

 

Tendrán prioridad quienes no hayan sido beneficiarias del programa en los 3 años anteriores.

Los destinatarios finales de estas ayudas deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

1.-   Ser mayor de 16 años y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación.

  1. Estar empadronados en el municipio a 1 de enero de 2025. El domicilio de empadronamiento deberá coincidir con el domicilio real de la persona solicitante, no admitiéndose a tal efecto, empadronamiento en solares, casas vacías, inhabilitadas, etc.
  2. Acreditar la situación de desempleo a fecha de la presentación de solicitud, y estar inscritos en el
  3. Pertenecer a una unidad familiar en los siguientes umbrales económicos referidos al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) en los últimos doce meses:
    • Familias de 1 solo miembro hasta 1,5 veces IPREM: 800’00
    • Familias de 2 miembros hasta 1,8 veces IPREM: 960’00
    • Familias de 3 miembros hasta 2,1 veces IPREM: 120’00
    • Familias de 4 miembros hasta 2,4 veces IPREM: 280’00
    • Familias de 5 miembros hasta 2,7 veces IPREM: 440’00

 

Por cada miembro de la unidad familiar a partir del 6º incluido aumenta 0,30 IPREM

 

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, actualiza el valor IPREM en las siguientes cuantías:

 

DIARIO

MENSUAL

ANUAL

20’00 €

600’00 €

7.200’00 €

 

Los ingresos a tener en cuenta será la media de los últimos doce meses a la fecha de inicio del plazo de presentación de la solicitud.

 

 

 

A los efectos de este Programa, se entiende, por unidad familiar:

 

  • Matrimonios, parejas de hecho o personas vinculadas con análoga relación de convivencia afectiva y, si los hubiere:

Los hijos independientemente de la edad que tengan, a excepción de los que estén independizados.

 

  • En los casos de separación legal, la formada por el padre y/o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad
  • Los hijos que tengan cargas familiares se considera unidad familiar
  • No se considerarán incluidos en la unidad familiar a otros miembros de la familia extensa, aunque convivan en el mismo
  • Ninguna persona podrá formar parte de más de una unidad
  • Sólo se podrá presentar una solicitud por unidad

 

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de presentación de la solicitud.

 

CUARTA.- EJECUCIÓN DEL PROGRAMA, CONTRATACIÓN Y CONDICIONES.

 

Las contrataciones a realizar cumplirán la normativa vigente en materia laboral. La modalidad de contrato será de duración determinada a tiempo completo vinculada al Programa financiado por los Fondos Europeos.

Se realizarán en periodos comprendidos de un mes siguiendo el orden de la bolsa hasta agotar subvención.

El límite de ayuda a conceder será el importe total de la modificación presupuestaria por generación de crédito de la subvención concedida.

 

 

QUINTA.- SOLICITUD DE DOCUMENTACIÓN.

 

  • Las solicitudes se presentarán conforme al modelo normalizado (ANEXO I), acompañado de la documentación exigida en el plazo establecido, en el registro auxiliar de Servicios Sociales mediante cita previa.

(Tfnos.: 955828533//673409105//609503261)

 

  • El plazo de presentación de la solicitud será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del Anuncio en el Tablón del

 

 

 

Documentación aportar:

 

  • Fotocopia del DNI o NIE, en vigor, de todos los miembros de la unidad
  • Fotocopia del libro de
  • Documentación justificativa de la situación alegada

 

De los miembros de la U.F que tengan algún tipo de ingresos:

 

  • Si está trabajando: Contrato y nóminas de los últimos 12

 

  • Si percibe alguna pensión: Certificado e la Seguridad Social o Organismo que lo

 

  • Si está en desempleo y percibe algún tipo de prestación: Resolución de concesión de la misma con indicación del

 

  • Si está percibiendo el Ingreso Mínimo Vital: Copia de la Resolución de concepción o certificado de la seguridad

 

  • Si percibe otro tipo de ayuda: documento acreditativo de la

 

De los miembros de la Unidad Familiar que no tengan ingresos:

 

  • Si no trabaja: Certificado de estar en

 

*Si no percibe ninguna prestación: Certificado Negativo de Pensiones (Seguridad Social).

 

En el supuesto de separación /divorcio: Copia de la Sentencia /Convenio Regulador en le que contemple la percepción o no de la Pensión de alimentos o compensatoria.

 

  • Cualquier otro documento acreditativo que considere

 

SEXTA.- PROCESO DE EVALUACIÓN Y COMISIÓN DE VALORACIÓN.

 

  • Tras presentación de las solicitudes se comprobará por los Servicios Sociales Municipales, la documentación aportada por los interesados, requiriendo documentación en caso necesario durante el plazo establecido para presentar las

 

Los Servicios Sociales emitirán Informe Social con carácter preceptivo, en el que hará constar de forma expresa el cumplimiento por parte de cada interesado de todos los requisitos socio-económicos exigidos en las bases.

 

 

 

  • Emitidos los Informes Sociales se constituirá una Comisión Técnica de Valoración designada por la Alcaldía integrada por:

 

-Presidenta: Trabajadora Social.

-Secretaria: Asesora Jurídica.

-Vocal: Trabajadora Social.

-Suplente: Educador Social.

Auxiliar Administrativo.

 

Entre las solicitudes presentadas, que cumplan los requisitos establecidos, se procederá a seleccionar los/as destinatarios finales mediante la evaluación y baremación de cada caso, se evaluará de acuerdo con los criterios objetivos establecidos en las Bases del Programa y según el ANEXO III.

 

  • Los miembros de la Comisión de Valoración, se abstendrán de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el Artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público, notificándolo al Presidente de la Corporación. Por idénticas razones, podrán ser recusados por los aspirantes. Las incidencias que pudiesen surgir por situaciones de abstención o recusación serán resueltas por la Presidenta. En el supuesto de que la causa de abstención se plantease contra la presidenta de la comisión, la cuestión se resolverá entre el resto de los miembros que integren la comisión de valoración.

 

  • Los miembros de la comisión de valoración calificador son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Bases de esta Convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización o valoración de las pruebas y para la publicación de los

 

  • La Comisión de Valoración queda facultada para resolver las dudas que se produzcan sobre la interpretación de las presentes Bases y para adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de la

 

  • En cualquier momento del proceso selectivo, la Comisión de Valoración podrá requerir al interesado cualquier documentación que sea oportuna para la justificación de requisitos y/o méritos alegados, así como la aclaración de cualquier aspecto que se derive del citado


 

 

 

SÉPTIMO.- DESARROLLO DEL PROCESO

 

7.1-Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección emitirá un acta, aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Rubio señalándose un plazo de tres días hábiles para la subsanación de deficiencias.

 

Los aspirantes que dentro del plazo señalado no presentarán subsanación, quedarán definitivamente excluidos de la convocatoria.

7.2- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se realizará un acta, aceptando o rechazando las reclamaciones y elevando a definitiva la lista de admitidos y excluidos.

  • Se requerirá documentación durante el plazo de presentación y en todo caso, si no hay aspirantes excluidos las listas provisionales serán

 

  • Una vez publicada la lista definitiva se publicará la lista ordenada por puntuación según el baremo publicado en las bases, dejando tres días para posibles reclamaciones o subsanación de

 

  • Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, se publicará lista con el baremo definitivo, elevando la propuesta de contratación a la Alcaldía, que dictará Resolución de dicho

 

Dicha resolución, se publicará en el tablón de anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de El Rubio.

 

OCTAVO.- RECURSOS.

 

Contra las Resoluciones y actos de los órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar con el procedimiento o produzcan indefensión podrá interponerse recurso ordinario ante la autoridad que haya nombrado a su presidente de acuerdo al artículo 121 de la Ley 39/2015.

En lo no previsto en las presentes Bases, será de aplicación el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y demás legislación complementaria que resulte de aplicación.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del tablón de anuncios.

Contra la presente convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso Potestativo de Reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el

 

 

 

plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En el caso de interposición del recurso de reposición se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante, lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

 

En El Rubio a la fecha de firma electrónica

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Rubio

  1. Jesús Guerra Jiménez

 

 

 

ANEXO I

 

Apellidos y Nombre

D.N.I:

Domicilio:

Localidad:

Teléfono:

  1. de Miembros de la Unidad Familiar: Nº hijos menores: Edades:

¿Algunos de los miembros de su unidad familiar padece discapacidad?             Especificar porcentaje:

¿Algunos de los miembros de su unidad familiar tiene dependencia reconocida?

Jóvenes en la unidad familiar que cursen estudios universitarios o ciclos formativos de grado medio o superior SI        NO    N. de miembros.

 

  1. DATOS DE LA UNIDAD FAMILIAR

Miembros

DNI/NIE

Nombre

Primer Apellido

Segundo Apellido

Fecha de nacimiento

En situación de Desempleo.

PAREJA

 

 

 

 

 

 

HIJO/A

 

 

 

 

 

 

HIJO/A

 

 

 

 

 

 

HIJO/A

 

 

 

 

 

 

HIJO/A

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DOCUMENTACIÓN ADJUNTA

  • Fotocopia del DNI, en vigor, del solicitante y todos los miembros de la unidad
  • Fotocopia del libro de familia de todos los miembros de la unidad
  • Tarjeta de demanda de empleo de todos los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años que estén en situación de
  • Declaración responsable de ingresos en los últimos doce meses (modelo). Justificados con nómina, vida laboral, contratos,
  • Fotocopia del Certificado de Grado de Discapacidad y resolución de la Situación
  • Fotocopia de la Sentencia de Separación Matrimonial o fotocopia del Convenio regulador, auto de medidas provisionales o cualquier otra documentación que demuestre la existencia o no de pensión de manutención de los hijos y/o pensión compensatoria del cónyuge, según el momento del trámite de la separación.
  • Fotocopia de Sentencia Judicial/Denuncia en casos de violencia de Género.

 

  • Fotocopia de la matrícula de estudios universitarios o de ciclo formativo de grado medio o superior, en el caso de unidad familiar con jóvenes cursando estudios universitarios o de ciclo formativo medio o

4 SOLICITUD, DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA

La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad que son ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud, así como en la documentación adjunta y queda enterada de la obligación de comunicar a los Servicios Sociales de El Rubio cualquier cambio que pudiera producirse en lo sucesivo.

 

□ La persona solicitante presta su consentimiento para comprobar los datos obrantes en esta entidad.

En El Rubio a ……… de                             de 2025

EL/LA SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL

 

 

 

 

Fdo.: …………………………………………………………….

 

 

 

Anexo II

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

 

Declaro bajo mi responsabilidad, a efectos de la solicitud inclusión en el Programa para la Prevención de la Exclusión Social 2024, que la documentación presentada para acreditar el cumplimiento de los requisitos es fiel y auténtica, asumiendo las responsabilidades legales en caso de falsedad u omisión.

Declaro que la suma de los ingresos económicos líquidos percibidos por la Unidad Familiar durante los 12 meses anteriores a la solicitud es                                euros.

Detallar su procedencia según miembros de la Unidad Familiar (incluido el solicitante):

Lista de miembros de la unidad familiar en edad de trabajar y en situación de desempleo:

 

 

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

INGRESOS

PROCEDENCIA

FIRMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Asimismo, Acepto expresamente la aplicación de las Normas Reguladoras del presente Programa

 

Y para que así conste y surta los efectos oportunos firmo la presente declaración en:

 

En El Rubio, a          de                       de 2025.

Firma del solicitante

 

 

 

ANEXO III

 

Baremo Programa para la Prevención de la Exclusión Social 2025

 

  1. Entre las solicitudes presentadas que, cumpliendo los requisitos establecidos, se procederá a seleccionar los destinatarios finales mediante la evaluación y baremación de cada caso, teniendo en cuenta las siguientes situaciones, que no son excluyentes entre sí:

 

 

NO HABER PARTICIPADO EN EL PROGRAMA LOS AÑOS 2022,2023,2024

PUNTOS

1

Personas pertenecientes a unidades familiares en las que ninguno de sus miembros haya participado en el Programa

en los tres años anteriores a 2025.

10

 

 

DATOS ECONOMICOS

PUNTOS

1

Familias con ingresos 0,00 euros

5

2

Familias con ingresos desde  0,01 a 900 euros (1,50 veces el

IPREM)

4

3

Familias con ingresos      desde 900.01 a 1.050 euros (1.75 veces el IPREM)

3

4

Familias con ingresos desde 1.050,01 a 1.200 euros (2 veces

el IPREM)

2

5

Familias con ingresos      desde     1.200,01 a 1.500 euros (2.5 veces el IPREM)

1

 

 

 

SITUACIONES SOCIOFAMILIARES

PUNTOS

1

Personas pertenecientes a unidades familiares que tengan menores a su cargo.

5

2

Pertenecer a una unidad familiar unipersonal que viva sola en

el domicilio.

3

3

Personas pertenecientes a unidades familiares que tengan Familia Numerosa

1

4

Miembros de unidades familiares en las que conviven jóvenes que tengan dificultades económicas para continuar sus estudios universitarios o ciclos formativos de grado

medio o superior.

1

5

Mujeres en situación de riesgo o proclives a desembocar en situación  de  exclusión  social,  con  carácter  preferente

victimas de violencia de genero.

1

6

Unidades familiares en las que algunos de sus miembros tengan algún grado de dependencia reconocido por resolución de la J.A.

1

7

Unidades familiares en las que algunos de sus miembros tengan algún grado de discapacidad reconocido por el Centro

de Valoración y Orientación de la J.A.

1

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. Si como consecuencia de la aplicación de prioridades y criterios anteriores, resultan unidades familiares con la misma puntuación, se priorizará la unidad familiar con mayor numero de Si aplicando este criterio sigue habiendo unidades familiares con la misma puntuación se procederá a realizar un sorteo público entre los solicitantes que se encuentren en dicha circunstancia.
  2. Los Servicios Sociales de este Ayuntamiento, podrán valorar cualquier situación social grave no considerada anteriormente, emitiendo para ello el correspondiente informe, teniendo carácter preceptivo y

 

 

Anuncio convocatoria contrataciones temporales, en régimen laboral, en el marco del Programa para la Prevención de la Exclusión Social 2025