PLAN ESPECIAL DE MOVILIDAD DE EL RUBIO

PLAN ESPECIAL DE MOVILIDAD DE EL RUBIO

PLAN ESPECIAL DE MOVILIDAD DE EL RUBIO

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INDICE

 

 

 

  • Introducción.
  • Referencia normativa.
  • Temporalización.
  • Coordinación en materia de seguridad.
  • Policía Local
  • Servicio sanitario
  • Servicio de extinción de incendios y salvamento.
  • Recomendaciones a los ciudadanos.
  • Atención por presencia de cera.
  • Pliego de señales de tráfico y elementos de canalización a utilizar en los itinerarios de los desfiles procesionales.
  • Bibliografía.

Anexos

  • Bando municipal.
  • Carteles de información individualizada de cada uno de los itinerarios oficiales de cada una de las estaciones de penitencia de las hermandades que posesionan durante la Semana Santa 2019.
  • Cartel informativo sobre el tráfico de vehículos Semana Santa 2019.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

PLAN ESPECIAL DEMOVILIDAD, TRÁFICO Y SEGURIDAD  CIUDADANA.

 

 

1.- INTRODUCCIÓN

El presente Plan Especial de Tráfico y Seguridad es elaborado con unos claros objetivos. Por una parte facilitar al ciudadano la información necesaria para poder planificar sus desplazamientos durante el desarrollo de la Semana Santa 2019, facilitar y regular el acceso de los mismos y de los servicios de emergencia, en caso de ser necesario, a los principales puntos de atracción de personas, priorizando la movilidad peatonal. Y por otro lado, el de establecer aquellas determinaciones necesarias para el correcto desarrollo de las estaciones de penitencia de las distintas hermandades y cofradías que salen a la calle en estos días. Para ello, el Plan recoge una serie de medidas de regulación del tráfico y el estacionamiento que pueden ser temporales o permanentes durante la vigencia del mismo. Las medidas temporales son generalmente aquellas que se adoptan al paso de las hermandades en su estación de penitencia desde sus templos, tales como cortes y desvíos de tráfico, y limitaciones en el estacionamiento de los vehículos. Las medidas permanentes están principalmente enfocadas a la regulación del tráfico, el control de accesos de vehículos, y la movilidad peatonal en el centro, y que en estos días es un importante foco de atracción de turistas y personas que desean acompañar a sus hermandades durante su estación de penitencia. Todas las medidas contenidas en el Plan pretenden que la Semana Santa se desarrolle con la mejor organización posible, y que se eviten las molestias y se facilite el movimiento peatonal que tradicionalmente acude para presenciar las Cofradías en su tradicional recorrido procesional de penitencia. Quedando garantizado el rápido acceso de los vehículos de emergencia a las distintas zonas de afluencia de público, si estas circunstancias se hicieran necesarias. Con el objeto de poder dar una respuesta rápida a aquellas situaciones que por su imprevisibilidad pudieran darse durante la vigencia del Plan.

 

 

 

 

 

 

 

 

2.- REFERENCIA NORMATIVA

La Ley 7/85, de 2 de Abril, artículos 4 y 25.2, y el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en adelante LTSV) habilitan a los Ayuntamientos para desarrollar sus prescripciones en aspectos de tanta trascendencia para la regulación del tráfico urbano como la circulación de peatones y vehículos, los estacionamientos, el cierre de las vías urbanas cuando fuera necesario, así como para denunciar y sancionar las infracciones cometidas en esta materia. Habiéndose desarrollado la citada norma por el RD 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de Circulación (en adelante RGC), procede hacer efectiva, con rango de Ordenanza, dicha habilitación, dentro del más radical respeto al principio de jerarquía normativa y al esquema competencial diseñado por nuestra Constitución y esta normativa estatal.

 

La ordenanza Municipal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del municipio de El Rubio.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 4.1ª) y 25.2.b) de la Ley 7/85, de 2 de abril, y de las disposiciones contenidas en la LTSV, se dicta la presente Ordenanza que tiene por objeto regular la circulación en las vías urbanas del término municipal de  El Rubio.

Se entiende por vía urbana, toda vía pública situada dentro del poblado, excepto las travesías. A estos efectos se considera población, el conjunto de edificaciones agrupadas, sin que existan en ellas soluciones de continuidad mayores de quince metros.

 

 

Artículo 4. Distribución de competencias

  1. De acuerdo con lo establecido en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, el Ayuntamiento de El Rubio ejercerá las competencias siguientes:
  2. La ordenación y control del tránsito en las vías urbanas, así como su vigilancia por medio de Agentes propios, la denuncia de las infracciones que se cometan en dichas vías y la sanción de las mismas cuando no esté expresamente atribuidas a otra Administración.
  3. La regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios, con la necesaria fluidez del tránsito rodado y con el uso peatonal de las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tiene reducida su movilidad y que utilizan vehículos, todo ello con el fin de favorecer su integridad social.

 

  1. La inmovilización de los vehículos en vías urbanas cuando no se hallen provistos de título que habilite el estacionamiento en zonas limitadas en tiempo o excedan de la autorización concedida hasta que se logre la identificación de su conductor.

 

  1. La retirada de los vehículos de las vías urbanas y el posterior depósito de aquellos cuando obstaculicen o dificulten la circulación, supongan un peligro para ésta, se encuentren abandonados o incorrectamente aparcados en las zonas de estacionamiento restringido, generen contaminación acústica y en los demás supuestos previstos por la legislación aplicable y en esta ordenanza.

 

  1. La autorización de pruebas deportivas cuando discurran íntegramente por el casco urbano.

 

 

 

 

  1. La realización de pruebas, reglamentariamente establecidas, para determinar el grado de intoxicación alcohólica, o por estupefacientes, psicotrópicos o estimulantes, de los conductores que circulen por las vías públicas urbanas.

 

  1. El cierre de las vías urbanas cuando sea necesario.

 

  1. La regulación del servicio de transporte urbano colectivo, transporte escolar, auto taxi y ambulancia.

 

  1. La regulación de la carga y descarga.

  

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 5. Funciones de la Policía Local

  1. Corresponde a la Policía Local: ordenar, señalizar y dirigir el tránsito en el casco urbano, de conformidad con lo establecido en el art. 53 de la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  2. Asimismo, serán de su competencia formular las denuncias por las infracciones que se cometan contra lo dispuesto en la presente Ordenanza, la LTSV , el RGC y demás disposiciones complementarias.
  3. Las señales y órdenes que con objeto de la regulación del Tráfico efectúen los Agentes, se obedecerán con la máxima celeridad y prevalecerán sobre las normas de circulación y sobre cualquier otra señal fija o luminosa, aunque sea contradictoria.

La ordenanza Municipal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, prevé que el Ayuntamiento, de acuerdo con el conjunto de Hermandades y Cofradías, previo informe del Departamento de Tráfico, de la Policía Local y del órgano administrativo competente en materia de Vía Pública, determinará el calendario de realización de las procesiones de Semana Santa, arbitrándose las medidas necesarias para preservar su buen desarrollo con la menor afección al tráfico rodado y peatonal, lo cual deberá ser aprobado por la Junta de Gobierno Local.

A tenor de lo anterior, para el desarrollo por las vías urbanas de todas las procesiones previstas, se redacta el presente Plan, el cual propone la ejecución de las medidas que se relacionan.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

3.- OBJETIVOS

Con la colaboración del Departamento de Servicios Generales  del Ayuntamiento de El Rubio,  los objetivos a conseguir son los siguientes:

- Garantizar que el montaje y desmontaje de la infraestructura necesaria y el desarrollo de los desfiles procesionales, se lleven a cabo con total normalidad.

- Adoptar cuantas medidas de tráfico y señalización sean necesarias para conseguir que los itinerarios por donde discurren los desfiles procesionales se encuentren libres de obstáculos y en las zonas de influencia se logre la máxima fluidez del tráfico rodado, procediendo a realizar los desvíos y cortes necesarios para ello.

- Garantizar la seguridad del público asistente en los diferentes itinerarios y en la Carrera Oficial.

- Garantizar la mayor movilidad posible en las zonas de la localidad más influenciadas por el desarrollo de los desfiles procesionales.

- Elaboración de un plan de distribución de los efectivos policiales, acorde con el evento a celebrar.

- Colaboración y coordinación con Guardia Civil para abordar las incidencias que puedan producirse, tanto en los desfiles procesionales como en el resto de la localidad.

 

 

4.- TEMPORALIZACIÓN.-

- Domingo 14 de Abril (Domingo de Ramos).

- Miércoles 17 de Abril (Miércoles Santo).

- Jueves 18 de  Abril (Jueves Santo).

- Viernes 19 de Abril (Viernes  Santo).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

5.- COORDINACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDAD.

Dando cumplimento a los acuerdos de la Junta Local de Seguridad, se mantendrá una coordinación diaria y permanente con el Cuerpo de la Guardia Civil y con el Servicio de Provincial de Bomberos, quienes establecerán servicios al objeto de dar cobertura a la ciudadanía en los momentos y puntos de  especial afluencia de público de los distintos itinerarios, donde pudieran producirse problemas de orden público.

 

 

6.- POLICÍA LOCAL

Policía Local dispondrá de un dispositivo especial con objeto de garantizar la seguridad y correcto funcionamiento y aplicación del presente Plan de Movilidad. Entre otras, corresponderá a la Policía Local la ejecución y control de las medidas contenidas en el Plan, en coordinación con la Dirección General de Movilidad y CECOP, con especial observancia en el mantenimiento de unos niveles de servicio del tráfico aceptables y el correcto funcionamiento de los carriles y espacios reservados para el transporte público en general. Se pondrá especial énfasis en el cumplimiento de la ordenación existente en el entorno de las zonas afectadas por este Plan de Movilidad y las medidas en él contenidas. Con objeto de reforzar la coordinación entre el área de Movilidad y Policía Local, esta última dispondrá de la señal generada en el Centro de Gestión de la Movilidad con acceso a las 78 cámaras de control de tráfico instaladas en toda la ciudad, así como a la información del grado de ocupación de los distintos aparcamientos públicos situados en las zonas afectadas por el Plan y su entorno.

 

 

 

 

 

 

 

 

7.- SERVICIO SANITARIO.

Como recurso sanitario disponible  para los ciudadanos y visitantes de la localidad de El Rubio  se encuentra el Centro de Salud, sito en calle Molino s/n, con número de teléfono 654822514. En caso de emergencia sanitaria se encuentra disponible para la activación de recursos el Centro Coordinador de Emergencias Sanitarias 061, siendo el competente en activación y distribución de recursos en caso necesario. 

 

8.- SERVICIO DE EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO.

Como recurso de extinción de incendios y rescate para los ciudadanos y visitantes de la localidad se encuentra el Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento integrados en el Sistema Provincial de Bomberos de la Provincia de Sevilla, con número de teléfono) 085 del COEPS (Centro Operativo de Emergencias de la Provincia de Sevilla, teniendo como principal referencia atendiendo a su situación, prioridad y protocolo a los Parques de Bomberos de Osuna y Estepa respectivamente.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

9.- RECOMENDACIONES A LOS CIUDADANOS.

 

En un evento de esta magnitud es absolutamente necesario adoptar medidas restrictivas respecto al tráfico rodado y a la movilidad peatonal con el objetivo de garantizar un óptimo desarrollo de las procesiones y la seguridad ciudadana. Por ello, se apela a la comprensión de los ciudadanos/as por las molestias que ello pueda ocasionarles. En este sentido se realizan las siguientes recomendaciones:

  • Evitar el uso de vehículos si no es estrictamente necesario en las zonas por las que se desarrollan los desfiles procesionales o en sus áreas de influencia durante su desarrollo.

 

  • Respeten la señalización especial, de canalización del tráfico y de prohibición de estacionamiento, que se ha instalado para el buen discurrir de la Semana Santa.

 

  • Para disfrutar de los desfiles procesionales, eviten parase en intersecciones por donde discurran las procesiones ya que interrumpirían la movilidad peatonal.

 

  • No invadan la zona a utilizar por los desfiles procesionales. Respeten las señales de balizamiento que se han colocado en algunos lugares al respecto.

 

  • Se considera lugar apropiado para estacionamiento de vehículos el conjunto de calles de la localidad no influenciadas  por el discurrir de los desfiles, evitando realizarlo en la  zona centro de la localidad, dado que se trata de la zona  de mayor influencia.

 

 

 

 

 

 

 

10.-  ATENCIÓN POR PRESENCIA DE CERA

 La cera que se desprende de los cirios que porta el cuerpo de nazarenos de las distintas hermandades puede acabar en forma de restos en las calzadas y zonas peatonales por las que posesionan en su estación de penitencia. En este sentido, la administración local será la encargada de velar por el estado de las vías. No obstante, y en previsión de que pudieran quedar restos de cera en determinadas zonas, lleva a cabo una campaña intensiva de información ante la posible presencia de cera invitando a los usuarios de la vía a que extremen las precauciones al circular por la misma.

Ante la posible existencia de restos de cera las personas y vehículos deberán observar especial precaución, debiendo los vehículos en cualquier caso moderar la velocidad al circular por las vías delimitadas en este Plan de Tráfico. Se recomienda especialmente a los vehículos de dos ruedas que circulen extremando la precaución, o incluso descendiendo del vehículo en caso necesario, debiendo controlar en todo momento el vehículo como exige el artículo 17 del Reglamento General de Circulación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

11.- PLIEGO DE SEÑALES DE TRÁFICO Y ELEMENTOS DE CANALIZACIÓN A UTILIZAR  EN LOS INTINERARIOS  DE LOS DESFILES PROCESIONALES.

 

 

Señal R308

Estacionamiento prohibido

 

 

 

Panel adicional retirada grúa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Tipo de señal utilizada  en las calles objeto de señalización

 

 

 

 

ESTACIONAMIENTO PROHIBIDO

SEMANA SANTA

Panel adicional aclaratorio.

 

 

Elemento de canalización del tráfico

Vallado metálico que irá acompañado de señal R308

 

 

 

Como novedad en la señalización de los recorridos acordados para los desfiles procesionales  se presenta la nueva señal de tráfico que será utilizada.

Las características de la señal la hace mucho más visible para los conductores  y ciudadanos, pretendiendo con ello aumentar y mejorar la información ofrecida.

Posee las medidas de 50 cm de ancho por 70 cm de alto, siendo colocadas en los mástiles de las señales de tráfico  que existen a la entrada de la localidad, o en su defecto en lugar suficientemente visible.

En las señales instaladas se podrá leer  con claridad la inscripción de SEÑALIZACIÓN EXCEPCIONAL,  el motivo de su instalación, los días y calles que afecta la restricción de estacionamientos, así como el número de teléfono  de la Policía Local.

 

 

 

 

 

 

 

Detalle de la señalización a emplear.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXOS

                                                        

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CARTELES DE INFORMACIÓN INDIVIDUALIZADA DE CADA UNO DE LOS ITINERARIOS OFICIALES  DE CADA UNA DE LAS ESTACIONES DE PENITENCIA DE LAS  HERMANDADES QUE PROCESIONAN DURANTE LA SEMANA SANTA 2018

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CARTEL INFORMATIVO SOBRE EL TRÁFICO DE VEHÍCULOS 

SEMANA SANTA 2019

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  1. BIBLIOGRAFÍA

 

  • La Ley 7/85, de 2 de Abril, de bases de régimen local.
  • Real Decreto Legislativo 339/90, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
  • RD 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de Circulación.
  • La ordenanza Municipal sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial del municipio de El Rubio.
  • Ley Orgánica 2/86 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Andalucía.
  • Aportación por cada una de las Hermandades (Itinerarios oficiales).
  • Aportación Policía Local El Rubio.
  • Aportación Agente de Policía Local con NIP. 2739.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACTA DE APROBACIÓN:

Por la presente se procede a aprobar de forma oficial el Plan Especial de Movilidad, Tráfico y Seguridad Ciudadana para la Semana Santa 2019.

                                                

 

 

 

En El Rubio a 11 de abril de 2019

 

Sr. Alcalde del Iltmo. Ayto de El Rubio                    Sr. Concejal de Seguridad y Tráfico

 

 

 

 

 

  1. Rafael de la Fe Haro D. Joaquín Díaz Fernández

 

 

 

 

Agente de la Policía Local de El Rubio con NIP. 2739